SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2475/2012
Fecha: 28-Nov-2012
II.10.
II.10. El 24 de abril de 2012, el querellante insistió al precitado Tribunal, que disponga la exhibición de los motorizados otorgados en fianza (fs. 27), mereciendo decreto de 25 de abril de 2012, por el que, se dispuso que los imputados hagan conocer el domicilio real de fiador (fs. 28), respondido por el ahora accionante y sus representados en memorial de 21 de mayo del mismo año, reiterando el impedimento de dicha petición por estar dicho actuado anulado, indicando a continuación que desconocen el paradero de su fiador (fs. 30). En virtud a lo cual, los codemandados, en proveído de 22 de mayo de 2012, señalaron que no es evidente que se hubiere anulado dicho actuado y que los acusados al haber ofrecido fianza y aceptado con toda su integridad la Resolución de 31 de mayo de 2007 y no haberse opuesto, tienen la obligación de dar cumplimiento a los decretos de 25 de abril y 11 de mayo de 2012 (fs. 31). Decisión que los imputados apelaron a través del escrito de 4 de junio de 2012 (fs. 32); recurso que se atendió mediante decreto de 6 de igual mes y año, por el cual, las autoridades jurisdiccionales demandadas, manifestaron que no era posible dar curso al memorial al petitorio, al no estarse impugnando un auto, sino un mero decreto (fs. 33).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III.1. La acción de
- III.2. Excepciones en materia penal
- i)
- Fragmento 27
- III.4. Presentación de excepciones
- III.5. Recurso de reposición en materia penal
- III.6. Análisis del caso concreto
- a) Con relación a la supuesta ilegal exigencia de las autoridades demandadas de exhibición de los vehículos ofrecidos y admitidos como fianza económica
- b) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por la Resolución de 23 de mayo de 2012
- c) Con relación al rechazo de tramitación de la excepción de extinción de la acción penal por prescripción del delito de falsedad ideológica, establecida por el decreto de 30 de mayo de 2012
- d) Respecto a la recusación planteada contra los demandados
- concedido en parte
- POR TANTO