Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1240/2013-L
Fecha: 04-Nov-2013
I.2.4. Intervención del Ministerio Público
El representante fiscal, en audiencia requirió porque se deniegue la acción popular; toda vez que, en virtud al principio de legalidad, la misma fue mal encaminada, haciendo incurrir en error al Tribunal Constitucional, pues no se determinó con claridad, qué actos de las autoridades demandadas, son las que transgreden y contravienen normas constitucionales, menos se identificó plenamente los derechos colectivos, que el INRA o el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija hubiesen vulnerado.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.3. El principio de subsidiariedad y plazo de caducidad en la presentación de la acción popular
- III.4. Sobre la legitimación activa y pasiva en la acción popular
- III.5. Análisis del caso concreto
- ii)
- CONFIRMAR