SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1240/2013-L
Fecha: 04-Nov-2013
II.3.
II.3. El 29 de julio de 2010, los corregimientos de Lazareto y Turumayo, denunciaron al Presidente del Concejo Municipal de Tarija, que los días 23 al 26 del mes y año citados, Teresa Velásquez Velasco con maquinaria del Municipio, cercó con alambres de púa, toda la quebrada de Buenavista y parte del acceso al camino vecinal, pretendiendo apoderarse de una fracción del terreno para venderlo, despojando propiedad al Estado, ello con autorización de Jorge Flores -Secretario del Sindicato Lazareto-, por lo que solicitan proceder a la recuperación y preservación de propiedad municipal. En la misma fecha, presentaron similar petición, al Sub-Alcalde de la provincia Cercado, exigiendo se tome medidas ejemplares, para evitar futuros actos de avasallamiento (fs. 13 a 15).
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.3. El principio de subsidiariedad y plazo de caducidad en la presentación de la acción popular
- III.4. Sobre la legitimación activa y pasiva en la acción popular
- III.5. Análisis del caso concreto
- ii)
- CONFIRMAR