SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

1)

Los demandados Rigoberto Sánchez Villanueva, Carlos Remberto Flores Cuellar, Freddy Soruco Arias, Freddy Waldo Avendaño Ordoñez, Juan Gustavo Baldivieso Flores, Isaac Ramiro Magne Calle, Lily Cortés Ávalos, Aquiles Zabala Álvarez y Marco Antonio Cortés Pérez, a través de su abogado y en audiencia, señalaron que: 1) La defensa del accionante omite mencionar en la demanda de acción de amparo constitucional y en la presente audiencia, la Resolución 916/2010, emitida por el Tribunal Disciplinario Superior, que deniega la prescripción y confirma la Resolución 010/2010, ésta última que tiene carácter definitivo y que no fue recurrida por el accionante; y, 2) Ramiro Soliz Valdez interpuso acción de amparo constitucional contra los Vocales del Tribunal Disciplinario Departamental de Santa Cruz, que fue denegada, la cual se encuentra en trámite ante el Tribunal Constitucional, existiendo por lo tanto, plena identidad de sujeto, objeto y causa, con la presente acción; es decir, se planteó una nueva acción sin esperar la Resolución del Tribunal Constitucional, duplicando sus reclamos de forma ilegal; en consecuencia solicitan se deniegue la acción planteada.

Ramiro Soliz Valdez y Orlando Araujo Becerra, a través de su abogado, en audiencia manifestaron que: 1) Evidentemente existe una anterior acción de amparo constitucional, cuya sentencia todavía está pendiente de revisión; 2) Ramiro Soliz Valdez se adhirió a lo expuesto por el accionante; y, 3) Orlando Araujo Becerra, cuando se sustanció el proceso disciplinario, no estaba presente, hecho que se reclamó presentando un incidente por su indefensión, habiendo determinado el Tribunal Disciplinario Departamental, por Auto Motivado 010/2010, que éste no se encontraba en indefensión, pues el mismo fue notificado y debido a que no se presentó al proceso, fue declarado en rebeldía, asignándosele un defensor de oficio; por consiguiente, se adhirió a la acción intentada.