SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

II.16.

II.16.Cursa Instructiva 02/2006, suscrita por Guido Arandia Mendivil, Presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, emitida con el objeto de regular y unificar el procedimiento en la sustanciación del proceso de faltas disciplinarias de la Policía Nacional, con relación al art. 133° del RFDSPN, referida a la prescripción de la acción para procesar una falta grave, donde se hace constar, que los casos que corresponden al “art. 6to. Inc. ‘D’ Núm. 1) al 29)” para evitar su prescripción, deben encontrarse dentro del plazo de veinticuatro meses, computables desde la fecha de comisión de la falta, hasta la fecha de notificación del procesado, con la radicatoria y el Auto inicial del proceso por parte del Tribunal Disciplinario de la Policía Nacional (fs. 5076 a 5081).