SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2013

Fecha: 01-Ago-2013

Fragmento 20

         Conforme consta de los antecedentes que cursan en obrados,  previo a la declaratoria de abandono de querella, existieron otras suspensiones de audiencia de juicio atribuibles, por un lado, al abogado de la parte querellante y, conforme a los argumentos de los accionantes, otras, imputables a la parte acusada y a la autoridad judicial. En ese sentido, en audiencia programada para el 23 de abril de 2012, por Auto de la misma fecha, la Jueza demandada declaró abandonada la querella, disponiendo el archivo de obrados, pese a que los querellantes se encontraban en audiencia, aunque no así su abogado; sin embargo, conforme se advierte de los documentos aparejados al cuaderno procesal, en la audiencia del 2 del mismo mes y año, la precitada autoridad judicial conminó a los querellantes a concurrir a la audiencia de juicio asistidos de su abogado defensor; de la misma forma, las copias de las actas de suspensiones de audiencia de juicio demuestran que el proceso se encuentra paralizado, sin que se pueda realizar la audiencia de juicio desde agosto de 2011.