SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2013

Fecha: 01-Ago-2013

Fragmento 22

         Pronunciada la Resolución que declaró abandonada la querella, la parte acusadora promovió recurso de apelación incidental, denunciando vulneración de sus derechos por haberse asumido dicha decisión pese a que se encontraban presentes en la audiencia. Los Vocales demandados emitieron el Auto de Vista 122/2012, por el cual confirmaron la Resolución impugnada; consiguientemente, se debe analizar el contenido de dicho fallo a fin de verificar si las autoridades demandadas vulneraron los derechos de los accionantes. En ese sentido, la Resolución del Tribunal de apelación claramente adolece de una debida fundamentación, pues si bien establecieron que la autoridad judicial conminó a los querellantes a concurrir a la audiencia de juicio asistidos de su abogado; sin embargo, pese a que es su atribución interpretar la legalidad ordinaria, no lo hicieron, por cuanto no existe la explicación de los alcances del art. 292 inc. 4) del CPP, simplemente se limitaron a enunciar la precitada norma sin explicitar por qué era aplicable dicha disposición para declarar abandonada la querella por la inasistencia del abogado al llamado de la autoridad judicial, no obstante que, el recurrente cuestionó la decisión de la Jueza ahora demandada al haber asumido dicha decisión pese a la asistencia de los querellantes en la audiencia de juicio, aspecto que no fue absuelto por los vocales demandados a tiempo de resolver la impugnación.