SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1242/2013

Fecha: 01-Ago-2013

II.2.

II.2.  La Jueza Segunda de Sentencia Penal, ante la inasistencia del abogado de los querellantes a la audiencia de juicio oral, por Auto de 23 de abril de 2012, declaró abandonada la querella en aplicación del art. 292 inc. 4) del CPP, disponiendo el archivo de obrados. En vía aclarativa, mediante Auto de 25 del mismo mes y año, precisó que la decisión referida responde a los razonamientos de las SSCC 0538/2005-R y 0243/2006-R, que interpretan el contenido del art. 381 del CPP, justificando que su determinación obedece a las reiteradas oportunidades en que los querellantes se presentaron sin su abogado, ordenando notificar con dicho Auto en el domicilio procesal de los acusadores y acusados a efectos de promover la respectiva apelación incidental en el término de tres días (fs. 402 a 403).