Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia con la DCP 0069/2014 de 12 de noviembre, bajo los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia con la DCP 0069/2014 de 12 de noviembre, bajo los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 12-Nov-2014

Sobre el numeral 15 del parágrafo I

Si bien es constitucional, que en el marco de su facultad fiscalizadora, el Concejo Municipal; revise, apruebe o rechace el Plan Operativo Anual (POA), estados financieros, ejecución presupuestaria y las memorias de cada gestión municipal; sin embargo, no es admisible que la mencionada facultad fiscalizadora dependa de un previo “aval” de organizaciones e instituciones de la sociedad civil y los distritos municipales.