DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2014

Fecha: 12-May-2014

Artículo 71.  Desarrollo Productivo

El Gobierno Autónomo Departamental, en el marco de sus competencias y el modelo de economía plural a través de sus actores constituidos por organizaciones económicas comunitarias, estatal, privada y social cooperativa deberá formular, gestionar y ejecutar; planes, programas y proyectos, de servicios para el desarrollo productivo bajo los siguientes lineamientos:

1. Promover e impulsar estrategias para el desarrollo productivo departamental, en el marco del plan nacional de desarrollo y las políticas generales del desarrollo productivo; con el fin de promover el desarrollo integral articulado, diversificado, equilibrado y armónico del departamento, para la industrialización de materias primas, de manera sostenible y sustentable con responsabilidad  social, seguridad,  soberanía  y dignidad alimentaria;

3. Promover y fortalecer los emprendimientos e iniciativas productivas comunitarias micro y pequeña empresa, privadas, cooperativas mixtas y asociativas, del sector rural y urbano, para ello gestionara su financiamiento, mediante créditos, y otros mecanismos de apoyo público, privado, locales, nacionales y extranjeros;