DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2015

Fecha: 16-Dic-2015

carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio

Sobre el tema, el estatuyente no podrá modificar en lo absoluto una norma que ha sido declarada como compatible por la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia, por ello, considérese el art. 203 de la CPE, que señala: “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno” (las negrillas han sido agregadas).