DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Sobre el los parágrafos I.1, II, III (antes parágrafo II repetido) y IV (antes parágrafo III)

Previamente al análisis, cabe establecer que al haberse suprimido el art. 98 de la presente Carta Orgánica, el art. 101 ahora pasa a ser art. 100 y sobre esta disposición el cargo de incompatibilidad según la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia parte de las definiciones que extra competencialmente se encontraban reguladas en las normas ahora analizadas (sobre “impuesto”, “tasas”, “patentes” y “contribuciones especiales”).