SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1226/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

implicaría desconocer esa voluntad expresada por los trabajadores a través de sus instancias, mellar su autonomía en su funcionamiento y administración, además de ejercer una limitación inconstitucional de su derecho a la organización sindical

Frente al mandato de dicha voluntad, el Estado Plurinacional de Bolivia, no puede intervenir, pues de asumir el Estado (a través de cualquiera de sus instancias), medidas tales como la suspensión de la calidad de dirigentes sindicales en vía administrativa (pretensión de los ahora accionantes), cuestionar, fiscalizar o dejar sin efecto los procesos de elección de dichos dirigentes, implicaría desconocer esa voluntad expresada por los trabajadores a través de sus instancias, mellar su autonomía en su funcionamiento y administración, además de ejercer una limitación inconstitucional de su derecho a la organización sindical, aspecto que desde luego implicaría romper con el mandato del art. 51 de la CPE.