DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 50.         (Control Social Municipal)

Constituye un derecho constitucional de carácter participativo y exigible, mediante el cual todo actor social supervisará y evaluará la ejecución de la Gestión Municipal, el manejo apropiado de la Gestión Pública Municipal, la administración de recursos fiscales, recursos humanos, bienes del Gobierno Autónomo Municipal de Puna, servicios públicos y servicios básicos; para la autorregulación del orden social.