DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015

Fecha: 22-May-2015

primera sección

El Preámbulo de la Carta Orgánica en revisión, refleja el contexto de los cambios del Estado Plurinacional, conforme a los mandatos constitucionales, principios, valores y aspiraciones locales del lugar; no obstante, en su texto se advierte que existe una inadecuada redacción cuando manifiesta: “…los representantes del municipio de Puna ubicado en la primera sección de la Provincia José María Linares del Departamento de Potosí…”; sobre el particular, es preciso explicar que dentro la nueva estructura del Estado Plurinacional de Bolivia, dejó de existir las secciones y cantones como organización territorial, por lo que es preciso fundamentar al respecto.

El art. 269.I de la CPE, reconoce que: “Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos”, instituyendo cuatro tipos de autonomías: departamental, regional, municipal e indígena originario campesina, concretando en parte la reivindicación y demandas tanto de los pueblos indígenas como de las regiones.