DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015

Fecha: 22-May-2015

uso oficial o preferente

De la citada norma constitucional, se infiere terminados parámetros para el uso administrativo preferente de algunos idiomas, por parte de los gobiernos subnacionales, estableciéndose para los gobiernos autónomos municipales la obligación de emplear el idioma castellano, además de otros existentes en su jurisdicción; al respecto la mencionada DCP 0001/2013, señaló que: “...la Carta Orgánica podrá establecer el uso oficial o preferente de unos o más idiomas en la jurisdicción municipal, sin que ello signifique el desconocimiento de los treinta y seis idiomas oficiales del Estado, reconocidos en el art. 5.I de la CPE” (las negrillas nos corresponden), línea jurisprudencial reiterada por la DCP 0013/2013 de 8 de agosto.