DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015

Fecha: 22-May-2015

Artículo 51.         (Participación Ciudadana Municipal)

Constituye un derecho, condición y fundamento de la democracia, que se ejerce de forma individual o colectiva, directamente o por medio de sus representantes; en la conformación de los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal de Puna, en el diseño, formulación, elaboración y ejecución de políticas públicas municipales, en la construcción colectiva de leyes, y con independencia en la toma de decisiones.