DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015

Fecha: 22-May-2015

Sobre el numeral 11

El numeral que se analiza, establece como deber de los habitantes del municipio de Puna, cumplir las obligaciones inherentes de los PIOC, conforme a sus normas y procedimientos propios; al respecto es preciso señalar, que el art. 1 de la CPE, instituye un modelo de Estado compuesto, que reconoce la existencia de los PIOC, a los cuales otorga la condición de naciones, y se fundamenta en el respeto a la pluralidad y el pluralismo, en diferentes ámbitos como el político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, en un escenario de convergencia del proceso de construcción del Estado Plurinacional.

En ese entendido, las instituciones deben ser comprendidas y construidas a partir de esas bases, considerando la riqueza de la organización comunitaria que, fundamentalmente en el área rural mantiene sus instituciones sociales, económicas, jurídicas y políticas, siendo una expresión de esta última, su forma propia de autogobierno, conforme a sus normas y procedimientos, que recibe la denominación de democracia comunitaria en nuestra Constitución Política del Estado; aunque, evidentemente, en muchos casos es ejercida en sincretismo con las instituciones provenientes de la democracia representativa.