DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015

Fecha: 30-Jun-2015

Artículo 70

El artículo que se analiza desarrolla el régimen de las personas en situación de discapacidad o con “capacidades diferentes”, en contraposición a lo dispuesto en la Ley Fundamental que en sus arts.70, 71 y 72 textualmente señalan: “Artículo 70. Toda persona con discapacidad goza de los siguientes derechos: