DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015

Fecha: 30-Jun-2015

Fragmento 98

Tenemos entonces que la ETA municipal puede emitir sanciones administrativas dentro del ámbito de su jurisdicción, sin embargo, no puede establecer sanciones sobre la competencia del nivel central del Estado, que en el presente caso, versa sobre el patrimonio nacional. En consecuencia, el alcalde o alcaldesa no puede sancionar pecuniariamente a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del Patrimonio Nacional, en razón a que la competencia de la entidad autónoma municipal no alcanza a establecer sanciones por infracciones a normativa sancionatoria de otro nivel del Estado.