DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2015

Fecha: 30-Jun-2015

numeral 8) del parágrafo I del art. 95

En ese marco, el numeral en análisis, al señalar que el GAM va a normar la protección, creación y conservación de áreas protegidas, existentes en la jurisdicción municipal, resulta contradictorio con la competencia exclusiva que la Norma Suprema a establecido para las ETA Municipal, que hace referencia a áreas protegidas municipales, lo cual resulta inadmisible que la norma básica institucional pretenda normar sobre todas las áreas protegidas existentes en la jurisdicción municipal. En consecuencia, el numeral 8) del parágrafo I del art. 95 del proyecto de Carta Orgánica resulta incompatible.