SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

constitucionalidad

La SCP 1911/2013 de 29 de octubre, declaró la constitucionalidad de la frase ”y otras disposiciones específicas para la administración de las finanzas públicas” del art. 1 de la Ley 317 de 11 de diciembre de 2012, Ley del Presupuesto General del Estado - Gestión 2013; la constitucionalidad en el fondo de las Disposiciones Adicionales Décimo Octava, Décimo Novena y Vigésima, de la misma ley con excepción de la frase contenida en la Disposición Adicional Octava “…en secretaría de la administración aduanera…”; la constitucionalidad en el fondo, por conexitud, del art. 275 del DS 1487, con excepción de la frase “…en secretaría de la administración aduanera…” y la inconstitucionalidad en la forma de las Disposiciones Finales Décima Octava, Décima Novena y Vigésima que modifican los arts. 154, 155 y 156 de la LGA; con efecto diferido hasta seis meses después de la notificación con dicha Sentencia Constitucional. Asimismo, exhortó a la Asamblea Legislativa Plurinacional, para que en el plazo antes señalado analice y considere la modificación de la Ley General de Aduanas u otras leyes ordinarias en el marco del principio de unidad de materia, de modo que no genere mayor perjuicio. Se refirió igualmente a los arts. 273 y 275 del DS 1487 modificatorio del DS 25870.