SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

II.6.

II.6.  El 28 de marzo de 2013, “POWERBIQUE SANTA CRUZ GRAVIBOL SRL”, reiteró ante la Aduana su solicitud de desbloqueo del sistema y cambio de depósito, refiriendo que fue notificado con la respuesta a la nota de 15 del mismo mes y año y no con la Resolución de abandono de mercancía, pidiendo la aplicación del art. 37 del DS 27113, Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo, el cual dispone que los actos que no son notificados legalmente carecen de efecto (fs. 47 y 48).