SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

II.3.

II.3.    Por memorial presentado por los demandantes el 14 de febrero de 2013, comunicaron al Juez a quo que cumplieron con la contra cautela ordenada por dicha autoridad, acreditando dicho extremo con la presentación de los certificados de depósitos realizados por cada uno de los demandantes por el valor dispuesto. Consecuentemente, solicitaron que se les entregue el testimonio judicial para proceder a la anotación preventiva de la demanda ordinaria sobre el derecho propietario de la entidad demandada con respecto al inmueble objeto del litigio, inscrito en DD.RR. Dicho memorial, mereció decreto de 15 de febrero de 2013, en el que se dio por adjuntados los depósitos judiciales con noticia de partes y dispuso que se proceda como se solicitaba (fs. 143 a 149 vta.).