SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

III.

El accionante denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la motivación y a la congruencia, por cuanto, dentro de proceso ordinario de acción negatoria de derecho propietario, reconocimiento de mejor derecho propietario, nulidad de escritura pública y cancelación de registro de propiedad, seguido por él y otros contra el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, fue emitido Auto de Vista 453/2013, complementado por el Auto 07, por el que las autoridades demandadas dispusieron que la anotación preventiva que se ordenó sobre el bien inmueble del referido demandado, ya no sea por toda su superficie, sino sólo por la equivalente a los terrenos de propiedad de los demandantes, habiendo sido ella una decisión que no valoró los presupuestos para asumir una medida precautoria, ultra petita porque modificó una medida precautoria inobservando el art. 176 del CPC, además de no contener fundamento dado que se limitó a efectuar un análisis sesgado e incompleto al señalar que el juez a quo actuó desproporcionadamente y fuera de lo razonable.