SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

solicitó se deje sin efecto la medida precautoria dispuesta, por tratarse, el bien afectado, del Estado y, por ende, inembargable

Cabe resaltar que, a tiempo de contestar a la demanda (Conclusión II.4), la mencionada institución solicitó se deje sin efecto la medida precautoria dispuesta, por tratarse, el bien afectado, del Estado y, por ende, inembargable; habiendo sido corrida en traslado dicha solicitud, la misma fue contestada mediante memorial de 3 de abril de 2013 (Conclusión II.8), sin embargo, el Juez a quo volvió a emitir un nuevo traslado de dicha contestación, mediante decreto de 4 de abril de 2013. Posteriormente, la Gobernación indicada, interpuso reposición contra dicho decreto, habiendo sido resuelta la mencionada reposición mediante Auto 103/2013 de 10 de septiembre, el cual dejó sin efecto el recurrido decreto de 4 de abril de 2013, quedando, pendiente de emitirse resolución sobre la petición del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz de modificación de medidas precautorias