DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2016

Fecha: 15-Nov-2016

Artículo 28. (ATRIBUCIONES)

6.     Aprobar dentro de los treinta (30) días hábiles de su presentación por la Alcaldesa o Alcalde Municipal, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Territorial. En caso que el Concejo Municipal no se pronuncie en el plazo señalado, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Territorial presentados se darán por aprobados.

7.     Considerar y aprobar el Programa Operativo, Presupuesto Municipal y su respectiva modificaciones y reformulaciones dentro de los quince  (15) días hábiles de su presentación por el Alcalde o Alcaldesa Municipal; si en el plazo establecido, el Concejo Municipal no se pronuncia, los instrumentos de gestión antes referidos quedan aprobados y se ejecutan en las condiciones y alcance de su presentación.

8.     Considerar, aprobar o rechazar dentro de los veinte (20) días hábiles de su presentación por el Alcalde o Alcaldesa  Municipal la Estructura Organizacional del Órgano Ejecutivo Municipal, el Plan de Personal; transcurrido el plazo antes señalado sin pronunciamiento, los instrumentos de gestión se darán por aprobados.

8.   Considerar, aprobar o rechazar dentro de los veinte (20) días hábiles de su presentación por el Alcalde o Alcaldesa  Municipal la Estructura Organizacional del Órgano Ejecutivo Municipal, el Plan de Personal; transcurrido el plazo antes señalado sin pronunciamiento, los instrumentos  de gestión se darán por aprobados.