SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3

Fecha: 01-Dic-2016

3)

3)   En cuanto a la valoración incorrecta de las pruebas testificales y documentales de descargo por parte del Juez Disciplinario                   -ahora codemandado-, consistentes en las órdenes de salida entregadas el Director del Régimen Penitenciario, “…la valoración de la prueba (…) es atribución legal de todo tribunal, la misma que está determinada por las reglas de la sana critica, consecuentemente debe ser respetado este criterio del tribunal, respecto de las pruebas aportadas en el proceso, así este criterio no sea compartido por el apelante, máxime se este órgano no encuentra violación de normas en la valoración de la prueba” (sic), evidenciándose que la Resolución de primera instancia efectuó un análisis integral de todos los elementos de prueba aportados y el citado Juez Disciplinario haciendo uso de la sana crítica, pronunció un fallo motivado, en virtud del art. 23 del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental aprobado por el Acuerdo 109/2015;