SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3

Fecha: 01-Dic-2016

III.2.  Análisis del caso concreto

De la revisión de antecedentes, se evidencia que la accionante fue sometida a un proceso disciplinario ante una denuncia verbal en la que se alegaba la no respuesta a peticiones de los denunciantes, y que el proceso fue remitido a otro Juzgado, habiendo transcurrido más de tres meses desde que se atendió la causa en turno, lo que vulneró los derechos de Ariel Yarari Yanamo -hoy tercero interesado-, siendo admitida la denuncia por la presunta comisión de las faltas disciplinarias previstas en el art. 187.9 y 14 de la LOJ (Conclusión II.1.), efectuándose la inspección disciplinaria el 17 del señalado mes y año (Conclusión II.2.) se dictó Resolución Administrativa Disciplinaria 10/2016 de 5 de abril que declaró probada la comisión de la falta determinada en el art. 187.14 de la LOJ e improbada la denuncia por la falta prevista en el numeral 9 de ese mismo artículo, imponiendo la sanción de suspensión de funciones durante un mes sin goce de haberes, (Conclusión II.4.); ante lo cual, interpuso recurso de apelación aparejando otros elementos de prueba (Conclusión II.5.), mereciendo la Resolución SD-AP 295/2016 de 10 de junio que confirmó en forma total el fallo impugnado, para finalmente emitirse el Memorando CM/RR.HH. 17/2016 de 27 de julio de suspensión de funciones contra la nombrada (Conclusión II.6.).