Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3
Fecha: 01-Dic-2016
d)
d) El fallo impugnado es incongruente, porque el Juez Disciplinario codemandado hizo referencia a una conducta encuadrada para el Secretario de su despacho, ya que no existe una certificación que indique que su persona es responsable de los ingresos a despacho o que los memoriales ingresaron con la debida anticipación sin que hayan sido providenciados en los plazos determinados por ley, siendo que dichos escritos fueron ingresados el 14 de octubre y 11 de noviembre de 2015; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- a) …no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; b) No omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente; y, c) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento
- CONFIRMAR