SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3

Fecha: 01-Dic-2016

II.4.

II.4.    Mediante Resolución Administrativa Disciplinaria 10/2016 de 5 de abril, Julio César García Caller, Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de Pando del Consejo de la Magistratura -hoy codemandado-, declaró probada la demanda por la comisión de la falta grave establecida en el art. 187.14 de la LOJ e improbada la denuncia respecto a la falta contenida en el numeral 9 del citado precepto, sancionando a la procesada -ahora accionante- con la suspensión del ejercicio de sus funciones sin goce de haberes por el lapso de un mes, evidenciando además la responsabilidad de Luis Alejandro Garvizu Echave, Secretario del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Pando por haber ingresado el memorial presentado por los hoy terceros interesados después de trece días y no arrimar oportunamente los memoriales presentados el 6 de octubre y 2 de diciembre de 2015; y, 6 de enero de 2016, mismos que fueron extraviados, al margen de no haber remitido el expediente una vez que fue sorteado al Juzgado siguiente en número el 5 de octubre de 2015, enviándolo recién el 26 de enero de 2016, luego de más de tres meses    (fs. 131 a 136 vta.).