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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2016-S3

    Fecha: 01-Dic-2016

    6)

    6)   En cuanto a la legitimación activa del denunciante -hoy tercero interesado-, aclaró que la denuncia puede ser interpuesta por cualquier persona particular, conforme a lo previsto por los arts. 195.I de la LOJ y 6 inc. e) del referido Reglamento, sin que ello implique que forme parte del proceso disciplinario, ello también se entiende de la interpretación sistemática del art. 44.III de la última norma citada; y,

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
    • en tres dimensiones distintas
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • b)
    • c)
    • d)
    • 2)
    • 3)
    • 4)
    • 5)
    • 6)
    • 7)
    • a) …no se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; b) No omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente; y, c) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento
    • CONFIRMAR

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