DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2017

Fecha: 16-Mar-2017

Artículo 21: De las y los Concejalas y Concejales Suplentes

Las concejalas y los concejales suplentes ejercerán el cargo en forma temporal cuando el titular tenga licencia y, en forma definitiva, en caso de renuncia, muerte, inhabilitación permanente o sentencia ejecutoriada mientras la pena no se haya cumplido y revocatorio de mandato en concordancia con la Constitución Política del Estado”.