DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2017

Fecha: 16-Mar-2017

‘participación de las regalías departamentales’

La Declaración primigenia, estableció la incompatibilidad con el siguiente razonamiento: “Sobre el nomen juris se debe mencionar que de manera imperativa señala: ‘participación de las regalías departamentales’; aspecto que no corresponde a una carta orgánica, por cuanto, se comprende como una subordinación del Gobierno Autónomo Departamental al precepto de la Carta Orgánica que contraria al art. 276 de la CPE” (las negrillas pertenecen al texto original); de la lectura del artículo reformulado se advierte que el estatuyente municipal redacto un contenido totalmente diferente que el proyecto inicial; pudo bien haberse referido al ingreso por regalías departamentales mineras como señala el art. 105.9 de la LMAD, siempre y cuando el municipio de Filadelfia sea productor.