DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2017

Fecha: 16-Mar-2017

Sobre el antes numeral 29 ahora 28

La Declaración primigenia, estableció la incompatibilidad del término “Nacional” y la frase “Asimismo podrá sancionar de manera concurrente con los órganos de la administración central (…) municipales, nacionales y sectoriales…” ya que la potestad sancionatoria administrativa de las ETA debe hacerlo buscando el cumplimiento o respeto a las normas y regulaciones que emite siempre en el marco de sus competencias; es decir, los gobiernos municipales no tienen competencia para establecer sanciones administrativas cuando se infrinjan normas del nivel central del Estado o de otra ETA; de la revisión del presente numeral se concluye en afirmar que fue adecuado conforme al razonamiento de la declaración precedente.