DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2017
Fecha: 16-Mar-2017
el ejercicio de los derechos políticos se suspende (…) previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida (art. 28 CPE)
La Declaración primigenia, estableció la incompatibilidad del presente artículo en la frase: “sentencia condenatoria ejecutoriada” bajo el siguiente razonamiento: “En la concepción de los derechos políticos, que refiere la Norma Suprema, es preciso enfocar que la suspensión del ejercicio de los mismos, prevista en el art. 28. Como se encuentra citado, identificando tres causas por las cuales el estado revoca la capacidad de participar en el poder político, sin embargo, el artículo analizado indica, el ejercicio de los derechos políticos se suspende (…) previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida (art. 28 CPE), en tal sentido, se comprende la suspensión del ejercicio de derechos políticos como una medida temporal, es decir, el ciudadano no se encuentra privado de sus derechos de manera perpetua, al contrario sólo momentánea; o dicho de otro modo, el momento que una persona haya cumplido su condena, recobra de manera instantánea la facultad de participar en el poder público; lo cual el estatuyente municipal olvido, incluir a la causal de la sentencia condenatoria ejecutoriada la condición elemental de ‘pendiente de cumplimiento’; por otra parte, también olvidaron incluir a la revocatoria como una de las formas de pérdida de mandato…”; de la lectura del referido artículo se evidencia que fue adecuado conforme la DCP 0017/2015.
Finalmente, es preciso también realizar el siguiente entendimiento a objeto de brindar mayor claridad a momento de la aplicación de la presente Carta Orgánica Municipal. El art. 157 de la CPE define que: “El mandato de asambleísta se pierde por fallecimiento, renuncia, revocatoria de mandato, sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales o abandono injustificado de sus funciones por más de seis días de trabajo continuos y once discontinuos en el año, calificados de acuerdo con el Reglamento”.
- I.1. Contenido de la consulta
- 2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 5
- Artículo 1: Declaración de Sujeción a la Constitución Política del Estado.-
- improcedencia
- Artículo 2: Identidad del Municipio
- Artículo 2: Identidad del Municipio.-
- incompatibilidad
- incompatible
- Artículo 4: Ubicación de su jurisdicción y límites del municipio.
- compatible
- Artículo 7: Símbolos e Idiomas.-
- compatibilidad
- 5.
- 1)
- Sobre el numeral 7
- Artículo 12: Estructura organizativa y la identificación de sus Autoridades
- Sobre el párrafo inicial
- Sobre el parágrafo I
- Sobre el numeral 2
- al día de la elección
- Artículo 19:
- no puede aumentar o suprimir otros artículos o disposiciones al proyecto de norma básica institucional, al margen de los que fueron sometidos a control previo de constitucionalidad y que hayan sido declarados compatibles
- Fragmento 26
- tampoco puede modificar los artículos analizados y declarados compatibles
- Sobre el antes numeral 21 ahora 19
- Sobre el antes numeral 22 ahora 20
- a)
- II.
- c)
- Sobre el antes numeral 24 ahora 22
- tampoco puede modifcar los artículos analizados y declarados compatibles
- Sobre el numeral 28
- no puede aumentar o suprimir otros artículos o disposiciones al proyecto de norma básica institucional, que fueron sometidos a control previo de constitucionalidad
- Fragmento 37
- Artículo 21: De las y los Concejalas y Concejales Suplentes
- el ejercicio de los derechos políticos se suspende (…) previa sentencia ejecutoriada mientras la pena no haya sido cumplida (art. 28 CPE)
- i)
- Control previo de constitucionalidad
- III.
- Artículo 29: Atribuciones y funciones del Alcalde / Alcaldesa
- Artículo 29: Atribuciones y funciones del Alcalde / Alcaldesa.-
- Sobre el numeral 10
- Sobre el numeral 20
- Sobre el antes numeral 29 ahora 28
- Fragmento 48
- Artículo 40: Revocación:
- Artículo 40: Revocatoria de Mandato.-
- Fragmento 51
- Mecanismo de Acción Legal
- Sobre el parágrafo IV
- Artículo 50: Intendencia Municipal
- Artículo 51: Empresas Municipales
- Artículo 51: Empresas Municipales.-
- Artículo 55: Competencias Compartidas.-
- Artículo 59: Materias o Competencias en la Carta Orgánica.-
- Sobre los parágrafos I y III
- Artículo 61: Salud.-
- Artículo 62: Educación
- Artículo 62: Educación.-
- Sobre el antes numeral 1 inciso a)
- Sobre el epígrafe
- Artículo 68: Patrimonio Cultural.-
- Artículo 83:
- o departamentales
- Fragmento 68
- Artículo 92: Participación de las regalías Departamentales
- ‘participación de las regalías departamentales’
- Artículo 102: Presupuesto Operativo y sus Modificaciones.-
- Referendo revocatorio:
- Fragmento 73
- Artículo 115: Procedimiento de Reforma de la Carta Orgánica Total o Parcial.-
- 4º