Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 06/2016 de 13 de diciembre, cursante de fs. 190 a 192, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Edwin Franz Butrón Castillo y Sonia Loyda Miranda Suñiga en representación sin mandato de Ilse del Rocío Quiroga Suarez contra Adán Willy Arias Aguilar y Félix Rómulo Tapia Cruz, Vocales de la Sala Penal Segunda; y, Ángel Arias Morales, Vocal de la similar Tercera, todos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, Jorge Freddy Gutiérrez Ramos, Juez de Instrucción Penal Sexto de El Alto del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- De lo que se concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- 2)
- CONFIRMAR