SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2017-S3
Fecha: 06-Mar-2017
denegó
La Jueza de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 06/2016 de 13 de diciembre, cursante de fs. 190 a 192, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) No se demostró que la vida de la ahora accionante esté en peligro, que es ilegalmente perseguida o que está indebidamente procesada o privada de su libertad, toda vez que en su contra pesa un proceso penal seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de allanamiento de domicilio y otros, dentro del cual se dictó una Resolución de medidas cautelares disponiéndose su detención preventiva en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes al no haberse desvirtuado los riesgos de fuga y obstaculización; y, ii) Se hace notar a la parte accionante que como Jueza de garantías no revisa actos jurisdiccionales que se llevan a cabo en juzgados ordinarios, mucho menos puede observar o valorar la prueba que fue objeto de una solicitud de cesación de la detención preventiva, no pudiendo dejar sin efecto la Resolución 480/16 y el Auto de Vista 214/2016, más aun teniendo presente la naturaleza de las medidas cautelares, cuya resolución puede ser modificable o revocable aun de oficio, determinándose por tal circunstancia no haberse expuesto a cabalidad el art. 125 de la CPE, con relación a la vulneración alegada por la ahora accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- De lo que se concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- 2)
- CONFIRMAR