SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0781/2019-S3

Fecha: 21-Oct-2019

I.3.3. Intervención de los terceros interesados

Humberto Gerónimo Tancara Tancara, Director Departamental de Educación de Chuquisaca, a través de sus representantes Omar Pereira Castel y Rolando Favio Cuba Durán, acreditados por Poder Notarial 1129/2019 de 4 de septiembre, en audiencia solicitaron que se deniegue la tutela, manifestando que las accionantes a la fecha de celebración de la acción de amparo constitucional, “…son alumnas regulares de las Unidad Educativas Alemán, Santa Ana, La Inmaculada…” (sic), lo que significa que aceptaron el resultado obtenido al finalizar la gestión 2018, por esa razón las inscribieron al mismo curso tercero de secundaria pero en otros colegios, teniendo ya tres exámenes calificados en todas las asignaturas; en consecuencia, la presente acción de defensa no tendría ningún efecto y por ello debería ser declarada improcedente, ya que tuvieron un caso parecido con un estudiante del Colegio “Junín” pero se registró en el Colegio “Porvenir” y en la audiencia de acción de amparo constitucional se declaró la improcedencia, por actos consentidos.