DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2019

Fecha: 11-Jul-2019

5)

5)    Hacer un uso sustentable de los recursos naturales y las fuentes de energía. En ningún caso, se puede alegar desconocimiento de los deberes expresados en la presente Carta Orgánica Municipal paran justificar la vulneración y/o eludir su cumplimiento, los habitantes y estantes del área urbana y rural, comunidades campesinas, los pueblos indígenas originario campesinos tienen los mismos deberes.

5.      Aprobar a los Treinta (30) días hábiles de su presentación por la Alcaldesa o Alcalde Municipal el Plan Territorial de Desarrollo Integral (PTDI) y el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal, que incluye el uso de suelo y la ocupación del territorio, de acuerdo a políticas de planificación territorial y ordenamiento territorial del nivel central del Estado, en coordinación con los planes del nivel central del estado y el nivel departamental, y las naciones y pueblos indígena originario campesinos,  transcurrido ese plazo sin pronunciamiento, los planes se darán por aprobados.

5.    Firmar y suscribir inexcusablemente y de forma conjunta con la Secretaria o Secretario del Concejo y el Pleno del Concejo convenios y contratos de carácter civil, laboral u otro a nombre del Órgano Legislativo Municipal, referidos a su régimen interno y en cumplimiento de sus atribuciones específicas, de acuerdo a normativa vigente.

5.      Formula el Plan de Territorial de Desarrollo Integral y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial bajo las normas básicas, técnicas, administrativas, lineamientos de la planificación estratégica y participativa municipal en concordancia con la Planificación Nacional, Departamental e Indígena.