DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2019

Fecha: 11-Jul-2019

corresponde efectuar cambio de línea, por lo que en adelante la definición del procedimiento para la enajenación de bienes desarrollados por proyectos de normas institucionales básicas, serán declarados incompatibles en razón de la reserva de ley establecidos en el art. 339.II de la CPE

Por consiguiente, corresponde efectuar cambio de línea, por lo que en adelante la definición del procedimiento para la enajenación de bienes desarrollados por proyectos de normas institucionales básicas, serán declarados incompatibles en razón de la reserva de ley establecidos en el art. 339.II de la CPE(las negrillas fueron añadidas).

Dicho análisis, a fin de uniformar la jurisprudencia constitucional en control previo de estatutos autonómicos y cartas orgánicas, debe ser asumido para el presente caso, al tratarse de una norma que pretende regular la disposición y clasificación de bienes patrimonio del Estado, al margen de la referida reserva de ley; asimismo, no obstante la última parte de la norma en la que se remite a los requisitos constitucionales y legales en vigencia, la previsión ya hace una clasificación de bienes que no corresponde a la Norma Institucional Básica. Es decir, que se aparta de las normas vigentes a las que señala obedecer.