SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2019-S1

Fecha: 24-Jul-2019

quinto reclamo

En cuanto al quinto reclamo las autoridades demandadas, en relación a la situación de extranjera de Sandra Cristina de Souza Kublik –ahora accionante– advirtieron que en la carpeta o expediente de saneamiento del predio en cuestión, únicamente existía una fotocopia simple del carnet de extranjera con residencia en Bolivia; en ese sentido, aludiendo y transcribiendo el párrafo pertinente del Informe en Conclusiones, estableció y dio a entender que la beneficiaria del predio “Las Parabas” tenía la calidad de “poseedora”, por no haber acreditado derecho propietario durante el proceso de saneamiento; al efecto consideraron pertinente aplicar al caso el art. 46.III (Personas Extranjeras) de la LSNRA, el mismo que es concordante con el art. 396.II de la CPE que también está referido a la prohibición de que las extranjeras (os) puedan adquirir tierras del Estado; es decir que, señalando la normativa agraria atinente al caso relacionado a la Norma Suprema afirmaron o dieron a entender que el Tribunal Agroambiental, no encontró vulneración en la determinación adoptada por el INRA al aplicar o interpretar correctamente las prohibiciones establecidas en la norma; aspecto que de igual forma evidencia una debida motivación y fundamentación porque citando el precepto legal aplicable al caso, advirtiendo que el mismo está relacionado con la Norma Suprema, se explicó que la impetrante de tutela en su condición de extranjera y no haber acreditado derecho propietario, solo tiene la calidad de poseedora del predio “Las Parabas”, cuya motivación si bien no es ampulosa pero se responde al cuestionamiento de la parte impetrante de tutela en base a un sustento legal.