SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2019-S1

Fecha: 08-Ago-2019

cuarto agravio

             El cuarto agravio relativo a que, se vulneró el debido proceso por todas las omisiones, cambios del procedimiento, desigualdad en tiempos y formas e incumplimiento de la Resolución HCU 026/2016; existen graves vicios que afectan a la validez de ese proceso y que no pueden ser convalidados y menos argumentarse que la impetrante de tutela se sometió al proceso, ya que, se alteró a medio camino de manera arbitraria y unilateral; a lo que el ex Vicerrector emitió pronunciamiento señalando que: Para que opere o se produzca la nulidad de un acto administrativo como en el caso del proceso de concurso de méritos y examen de competencia, el mismo tendría que haberse desarrollado sin tomar en cuenta en absoluto el procedimiento establecido en el Reglamento de la Docencia Universitaria y la convocatoria, conforme manda el art. 35 inc. c) de la LPA; lo cual no ocurrió. Cuyo argumento es contradictorio e impreciso, puesto que de manera general la Resolución de Recurso Jerárquico ahora cuestionada basa su fundamento en el cumplimiento del procedimiento establecido en el Reglamento de la Docencia Universitaria; empero, por otra parte ante las vulneraciones alegadas por la recurrente señala que para producirse la nulidad del proceso de concurso de méritos y examen de competencia tendría que desarrollarse sin tomarse en cuenta en absoluto el citado Reglamento; así también, cita un artículo de la Ley de Procedimiento Administrativo que no tiene correspondencia con la ley descrita, en conclusión el pronunciamiento emitido no contiene argumentación de hecho y derecho, que respalde lo argüido por la autoridad jerárquica.