SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2019-S1

Fecha: 08-Ago-2019

Fragmento 40

Así también, en cuanto a que se transgredió el art. 96 de la citada Resolución, que establece el procedimiento para la calificación de exámenes que no fue respetado, dado que luego de una sesión reservada del Tribunal de examen de competencia de más de hora y media, convocaron a los dos postulantes para la lectura de las calificaciones, ocasión en la que de manera directa procedieron a hacerle conocer el puntaje, primero la nota de méritos, sin abrir en presencia de la accionante los sobres con dichos puntajes -ya que fueron abiertos en sesión reservada- y luego les comunicaron la nota del examen y la sumatoria de ambas, acto seguido declararon ganador al otro postulante, sin esperar a saber si existía algún reclamo lo cual contraviene lo dispuesto en el art. 97 de la Resolución referida; al respecto, en la Resolución ahora cuestionada se señaló que: El reglamento no indica que se debe abrir el sobre de calificación de méritos en presencia del postulante, siendo evidente que el Tribunal informó la nota del examen de conocimientos y posterior evaluación de méritos, conforme consta en el video, en consecuencia el proceso no estaría viciado de nulidad; agravio que fue respondido de forma parcial por el ex Vicerrector, toda vez que, no se pronunció en cuanto a si era o no evidente que declararon ganador al otro participante sin esperar a saber si existía algún reclamo, contraviniendo el art. 97 de la citada Resolución que arguyó la recurrente.