SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2020-S4

Fecha: 28-Oct-2020

Fragmento 23

De lo expuesto y argumentado por la impetrante de tutela, se establece que la problemática sometida a revisión, conforme a los antecedes analizados tiene como sustento fáctico el incidente tramitado en ejecución de fallos dentro del proceso ordinario de reivindicación que conoció en calidad de Jueza, en el cual, la parte demandada David Cordero Arancibia –hoy tercero interesado–, presentó recusación en su contra, alegando actitud de resentimiento y malestar, debiendo por ello enfrentar animadversión, resentimiento, odio, antipatía y rencor hacia él; afirmando asimismo, la existencia de revanchismo en su proceder como autoridad jurisdiccional; todo ello en razón a que, su abogado defensor en el litigio civil, patrocinó el proceso penal seguido por Pedro Ramírez Chambi contra ella y otros sujetos, por el delito de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado. En cuyo mérito, emitió el Auto Interlocutorio 140/2019, mediante el cual, se allanó a la indicada recusación, reconociendo que la actuación del abogado Luis Ríos Iturri en el proceso penal referido, la afectó negativamente y puede tener el efecto de falta de objetividad en la resolución del proceso ordinario, remitiéndolo en consecuencia, al Juez siguiente en número para la continuación de su trámite.