VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0003/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0003/2020

Fecha: 04-Mar-2020

II.1.    Improcedencia de la declaratoria de compatibilidad condicionada a interpretación en control previo de constitucionalidad

En el marco de los arts. 196 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 4.IV de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), se estipula que: “Cuando una norma jurídica acepte más de una interpretación, el Tribunal Constitucional Plurinacional, bajo el principio de conservación de la norma, adoptará la interpretación que concuerde con el texto constitucional”.