SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

I.2.4. Intervención de los terceros interesados

Por Auto Interlocutorio 140/2019 de 29 de agosto, cursante de fs. 107 a            108 vta., la Sala Constitucional determinó que Gabriela Osinaga Sosa y Lucía Carmen Callaú Chávez, mencionadas como terceras interesadas por la entidad accionante, no podrían verse afectadas por la acción tutelar pues la demanda ejecutiva no había sido admitida y en el hipotético caso de concederse la tutela, ellas serían llamadas dentro del proceso civil desde el primer acto procesal; por lo que, no obstante al desconocimiento de sus domicilios, no se verían afectadas por el amparo constitucional, debiendo proseguir su trámite.