SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

segundo presupuesto

Sobre la arbitraria omisión de consideración de las pruebas (segundo presupuesto), se tiene que acusó la omisión de valoración del contrato de consignación de mercaderías en sus cláusulas décimo quinta (que instituía el procedimiento a seguirse ante la determinación de faltantes o diferencias, estableciendo que las diferencias debían justificarse dentro del plazo de quince días o caso contrario, incumbía pagar el valor de las mercaderías faltantes o las diferencias; valor que además iba ser determinado tomando en cuenta el precio indicado en el sistema contable), décimo octava (en cuyo mérito, la conciliación de inventarios -entre otros- formaba parte del contrato) y vigésima (que estipulaba que ante el atraso o incumplimiento del pago total o parcial contemplado en la cláusula tercera, o la existencia de faltantes o diferencias en el inventario de mercaderías, activos fijos, etc. y sin que exista justificación en el plazo de quince días, se producía la mora, correspondiendo que el consignante presente el reporte contable con la liquidación total y final, liquidación que se consideraría como suma líquida y exigible, de plazo vencido y con suficiente fuerza ejecutiva); cláusulas cuyo contenido -según su criterio- evidenciaba que se cumplían los presupuestos para la acción ejecutiva.