SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

Las partes pueden determinar libremente el contenido de los contratos

De conformidad con el art. 454 del CC: “I. Las partes pueden determinar libremente el contenido de los contratos que celebren y acordar contratos diferentes de los comprendidos en este Código; II. La libertad contractual está subordinada a los límites impuestos por la ley y a la realización de intereses dignos de protección jurídica” (las negrillas nos corresponden), constituyéndose el contrato en una de las fuentes de obligaciones para las partes.