SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0248/2020-S3

Fecha: 14-Jul-2020

al derecho al agua como un derecho

En el periodo de sesiones llevado a cabo de 11 a 29 de noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (CESCR), emitió la Observación General 15 (2002) que consideró al derecho al agua como un derecho implícito en un tratado internacional vinculante, como el PIDESC, dicha observación realiza una interpretación y desarrollo jurídico del derecho al agua y establece como obligación de los Estados parte garantizar el disfrute o ejercicio de este derecho sin discriminación, pero con atención especial a quienes comúnmente han tenido dificultades para ejercer el derecho, como grupos vulnerables, especiales o minorías; con la prohibición en la adopción de medidas regresivas.